Artículo 1º. – El presente reglamento será de aplicación para el Club Ciclista Plana Lladó Mollet, el cual tiene su sede social en el casal La República calle Pineda Fosca 6 08100 Mollet del Vallès Barcelona
Artículo 2º. – El Club Ciclista Plana Lladó Mollet tiene como finalidad el fomento y la práctica del ciclismo, en cualquiera de sus modalidades. Podrán ser socios del mismo cualquier persona que así lo desee, así como dejar de serlo en el momento que así lo amará, o por acuerdo de expulsión del club, que adoptara la Junta General basada en los hechos concurrentes, expuestos, estos , por la Junta directiva o por los dos tercios de los asociados.
2.1. – Los emblemas del club sólo podrán ser usados en eventos deportivos, solicitando por escrito y previa autorización de la Junta Directiva.
Artículo 3º. – El Gobierno del club será efectivo a través de la Junta General que es el órgano de expresión de la voluntad de los socios, la gestión y representación recaerá en la Junta Directiva, que estará compuesta por:
• Presidente: Dirección del club.
• Vicepresidente: Funciones del presidente en su ausencia.
• Secretario: Gestión y administración del club.
• Tesorero: Caja y libros de cuentas de la tesorería y logística.
• Vocal 1º:.
• Vocal 2º:.
• Vocal 3º:.
• Vocal 4º:.
• Vocal 5º:.
Artículo 4º. – Los cargos de la Junta Directiva, tendrán una duración según marca la ley, sin perjuicio de que puedan ser reelegidos.
Artículo 5º. – Son derechos de los socios:
• Tomar parte con voz y voto en las juntas generales.
• Poder ser elegidos para el ejercicio de cualquiera de los cargos del club.
• Solicitar de la Junta Directiva la información oportuna, debiendo ser esta por escrito.
• Percibir trofeos, premios y obsequios, en su caso, siempre que se reúnan los requisitos que en su momento marque la Junta Directiva.
Artículo 6º. – Será necesaria Junta General para decidir sobre:
• Modificación del reglamento.
• Nombramiento de cargos.
• Disolución del club.
• Expulsión de socios.
• Determinación de cuotas.
• En todos aquellos casos que la Junta Directiva estime necesario.
Artículo 7º. – Deberes y obligaciones de los socios:
• Cumplir los reglamentos.
• Aceptar decisiones de la Junta General y de la Junta Directiva.
• Efectuar las aportaciones y pagos de cuotas antes del 31 de enero del año en curso.
• Aceptar y ejercer con el mayor celo de los cargos sociales.
• Asistir a los actos sociales para los que fueran convocados.
• La observancia de buena conducta.
Artículo 8º. – Para el cumplimiento de sus fines, el club se valdrá de los medios siguientes:
• Cuotas de socios.
• Colaboradores.
• Subvenciones oficiales.
• Operaciones autorizadas por la Junta Directiva.
Artículo 9º. – La Junta General Ordinaria se reunirá necesariamente dentro de los seis meses siguientes a la finalización de la temporada ciclista y Extraordinaria, cuando lo estime la Junta Directiva o por deseo de los dos tercios de los asociados.
Artículo 10º. – La Junta Directiva se reunirá, al menos una vez cada mes.
Artículo 11º. – Todos los cargos que otorgue el club serán totalmente gratuitos.
Artículo 12º. – La Junta Directiva podrá nombrar comisiones especiales para casos determinados.
Artículo 13º. – La Junta Directiva podrá nombrar los cargos necesarios hasta que estos sean ratificados por la Junta Ordinaria o Extraordinaria.
NORMATIVA DE ACTIVIDADES CICLISTAS
Artículo 14º. – Las salidas oficiales cicloturistas serán en domingos o sábados a la hora fijada en el calendario anual, sus recorridos una vez aprobados en Junta General no podrán ser modificados; sólo la Junta Directiva tendrá facultad para hacerlo cuando haya causas de fuerza mayor, los cambios si las hay, serán comunicados en el comienzo de la salida inmediata anterior. Las salidas podrán clasificarse en: Todos juntos, o familiares
Artículo 15º. – Los recorridos serán o estarán entre 60 y 150 kilómetros
Artículo 16º. – Puntuaran las salidas en clasificaciones
Artículo 17º. – Puntuación por cada salida.
Las marchas que se consideren de interés para la entidad puntuarán como si fueran una salida. ,
Para incentivar la participación en marchas organizadas por clubes vecinos y en marchas de Challange organizadas por otros clubes se dará ayuda económica.
Esta ayuda estará sujeto a la tesorería del club o en las aportaciones de colaboradores, que se consigan con esta finalidad.
Los participantes tendrán que llevar la equipación oficial del club para recibir ayuda
Artículo 18º. – En la clasificación final de temporada se tomaran como indicadores en caso de empate:
• Se tendrá en cuenta el número de salidas realizadas.
• Kilómetros recorridos.
Artículo 19º. – Cuando haya punto de reagrupamiento, la reanudación de la salida será pasados 15 minutos a partir de la llegada de primer ciclista o el tiempo ponderado dependiendo de la distancia entre reagrupamientos. Los puntos de reagrupamiento se fijaremos en el calendario o bien lo que crea necesarios el responsable de la salida
Artículo 20º. – Para tener opción a trofeo hay que realizar al menos el 60% de las salidas del calendario, tener licencia de la Federación Catalana de Ciclismo o UCI, tramitada por el Club Ciclista Plana Lladó Mollet «. Este porcentaje podrá ser modificado en grande, cuando las circunstancias así lo aconsejen.
Artículo 21º. – Por causa de lesiones sufridas en posible accidente durante las excursiones oficiales del club, el ciclista accidentado puntuará todas las excursiones hasta recibir el alta médica.
Artículo 22º. – Tendrán la puntuación de la salida que corresponda, todos aquellos ciclistas que:
• No acabaran la excursión por auxilio a algún posible accidentado.
• Los que se les haya encomendado alguna misión que les impida asistir.
• Los que participaran en marchas cicloturistas u otras actividades vistiendo los colores del club, siempre que se haya comunicado anticipadamente su inscripción.
• Los que sufrieran avería mecánica (No se considera avería los pinchazos).
Artículo 23º. – Será motivo de penalización y redució de 1 a 5 puntos los siguientes supuestos:
• Utilizar el coche de auxilio sin causa justificada.
• Incumplimiento de las normas de circulación.
• No firmar en el control de salida.
• No terminar la salida sin causa justificada.
No funcionan los puntos de reagrupamiento.
• El utilizar piezas que no correspondan a la ropa oficial del club (siempre y cuando el socio acredite no disponer de ellas), a menos que por inclemencias del tiempo necesario abrigarse.
• No hacer de conductor cuando corresponde, sin causa justificada (Avisar con una semana de antelación para intercambiar el lugar).
Artículo 24º. – En las salidas se respetara siempre el RGC, circulando por la derecha, y es responsable personalmente cada una de las sanciones que puedan recibir de la autoridad competente.
El club no se hace responsable de los accidentes o incidentes en los que se pueda ver implicado un socio, por incumplimiento de las normas o RGC.
Artículo 25º. – Si la inclemencia del tiempo ofreciera dificultades para rodar a la hora de la salida, por los presentes, se decidirá por mayoría, la procedencia o no de su realización, pudiendo ser anulada. En caso de anulación no puntuara ningún socio del club a pesar de haber hecho otra marcha en otro lugar. Si hubiera empate decidirá el de mayor edad. Si se suspende a lo largo del recorrido, puntuarán todos los participantes en la salida y los que hubieran hecho alguna marcha en otro lugar.
Artículo 26º. – Cualquier duda o discrepancia que pudiera surgir durante el transcurso de la salida, se pondrá en conocimiento por escrito a la junta, el cual lo presentara a la Junta Directiva en viernes por la tarde donde se dará solución al problema en presencia del interesado . En ningún caso se discutirá en los puntos de control, a fin de no dañar la imagen del club, siendo esto motivo de sanción.
Artículo 27º. – El punto de reunión de salida será donde se determine a principio de temporada, el de llegada y firma de control de la finalización de la excursión será indicado por el responsable al comienzo de la misma.
Artículo 28º. – Todos los ciclistas en actividades oficiales, deberán ir vestidos con la ropa oficial del club.
La ropa (Siempre que haya patrocinador) tendrá derecho todo socio que haga 40 salidas oficiales en dos años o 50 en tres años. Una vez acumuladas las 40 salidas, el nuevo ciclo comenzara con la temporada siguiente.
Los nuevos socios tendrán derecho a ropa, previo pago de la cuota socio establecida este año.
El precio de la ropa será el mismo para todos, los socios nuevos tendrán que pagar una fianza de 60,00 € que se devolverá al final de la tercera temporada como socio siempre que haya hecho el 60% de las salidas. Deberán tener licencia federativa gestionada por el club.
Todas las actividades dependerán de la situación de tesorería del club.
Artículo 29º. – El responsable y el conductor del coche (se hubiera), deberán estar en el punto de reunión quince minutos antes de la hora fijada, procurando que la salida se efectúe en el momento indicado.
Siempre que hay un socio que se encuentre de baja para la práctica de la bicicleta y esta baja sea por accidente durante las salidas del club, puntuará en la clasificación. Si se ofrece a llevar el coche, no correrá el turno de la lista del coche.
Si algún socio sin estar en la circunstancia anterior, le hiciera el coche al que corresponde ese día, no puntuará el socio que conduce el coche, si puntuará lo que lo hace en bicicleta, no corriéndole el turno a la lista del coche.
El conductor del coche debe estar en posesión de licencia de conducir.
Artículo 30º. – Los mayores de 70 años no están obligados a hacer excursiones de más de 60 kilómetros, siendo aplicados los puntos de la excursión, pero no así los kilómetros, que serán de acuerdo al recorrido que hicieran.
Artículo 31º. – Todo participante tiene la obligación de firmar los controles de salida y llegada para tener derecho a puntuación, excepto en aquellas excepciones que la Junta Directiva autorizara.
Artículo 32º. – Para poder optar a premios, trofeos o cualquier tipo de beneficios, será requisito imprescindible estar al corriente de pago de las cuotas del club. No se considera con derecho aquel que el pago lo hiciera pasado el momento.
Artículo 33 º. – Todos los socios están obligados a colaborar y participar en los eventos deportivos que el club organiza, sólo se puntuará participando de una manera u otra en estas pruebas:
• Marcha cicloturista Pelegri Pi
• Paseo del Esclat
• El Deporte en la calle
Paseo de la Fiesta Mayor de Mollet
En cualquier actividad que fomente la práctica del ciclismo y este organizada por el club.
Artículo 34º. – Todos los casos no previstos en este reglamento, serán resueltos por la Junta Directiva.
Artículo 35º. – La Junta Directiva se reserva la facultad de derogar, disminuir o ampliar los artículos de este Reglamento que estimara conveniente, siempre que esto sea para mejorar la eficacia del club, debiendo llevarlo a su ratificación en la primera Junta General ordinaria o extraordinaria con la argumentación y justificación procedentes.
La junta directiva
Mollet del Vallés, 17 de febrero de 2016